Fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires a favor de FE.SI,MU.BO.

"No se respeta la libertad sindical y estamos muy lejos de percibir sueldos dignos", dijo Rodolfo Cecchi, Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores Municipales de San Nicolás.

Rodolfo Cecchi, Secretario general del Sindicato Único de Trabajadores Municipales de San Nicolás, informo que la suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ante una acción de inconstitucionalidad contra el decreto 784/16, reglamentario de la ley 14656, promovida por la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FE.SI.MU.BO), ha establecido , en el marco de la medida cautelar solicitada, suspender por inconstitucional la mayoría de los artículos cuestionados. "En nuestra ciudad la mayor cantidad de compañeros trasladados, han sido afectados a la Delegación de Conesa, una especie de Guantánamo de la gestión, con este fallo la Dirección de Recursos Humanos deberá retornar a sus nuevos puestos de trabajo ya que afectan el principio de unidad familiar", expresó Cecchi. Entre los aspectos mas significativos del fallo se destacan los relativos a: - Traslados que afecten la unidad familiar. - Que la estabilidad solo se pierde por las causas determinadas taxativamente en la ley 14.656. - Que el Salario Mínimo, Vital y móvil, sólo podrá ser adecuada a la jornada laboral del municipio (En San Nicolás seis horas). - Las Normas que garantizan el debido proceso en los sumarios administrativos. - El respeto a la ley 23551 en relación a la personería gremial. - El goce de la pasividad anticipada, entre otros. Por otro lado, el Secretario General de Municipales nicoleños, expresó claramente que no se respeta la libertad sindical y están muy lejos de percibir sueldos dignos. Desde la Dirección de Recursos Humanos, publicitan descuentos en comercios y beneficios, e incluso los invitan a ver espectáculos públicos, pero con eso no alcanza, por lo que desde la organización piden un verdadero aumento de sueldo y poder gozar de los derechos garantizados en la ley. En lo que respecta al incremento impuesto por el Departamento Ejecutivo (21 por ciento en dos cuotas), "deberá reabrir la paritaria e incrementar los haberes de los deterioradas remuneraciones de los trabajadores municipales". Por último, sentenció: "Nuestra Federación ha logrado consolidar nuestros derechos con la ley 14.656, ratificando con este fallo de la Suprema Corte de Justicia la inconstitucionalidad del Decreto impuesto por la gobernadora de la provincia de Buenos Aires".
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